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sábado, 5 de octubre de 2024
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Cómo saber si tengo multas

Las multas o infracciones de tránsito suelen ser muy comunes. Sin embargo, muchos no se enteran hasta que hacen un trámite. Cómo saberlo en Entre Ríos.

Existen diferentes maneras de saber si una persona o vehículo poseen multas o infracciones de tránsito. Las consultas suelen dispararse en épocas de vacaciones, debido a que muchas familias recorren distintas rutas y ciudades que no conocen y suelen cometer este tipo de faltas.

A nivel nacional, la Agencia Nacional de Seguridad Vial posee un sitio web donde se podrá consultar las infracciones de aquellas jurisdicciones adheridas al sistema nacional de administración de infracciones. Para ello se debe hacer click aquí.

Por otro lado, la Dirección de Prevención y Seguridad Vial de la Policía de Entre Ríos tiene un formulario web para realizar la consulta en caso de que haya quedado constancia en la provincia de una falta cometida. Ingrese aquí para consultar.

¿Dónde más puedo consultar si un vehículo (auto o moto), tiene multas?

Asimismo, usted puede consultar las infracciones de tránsito en los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor. Se le informará las infracciones que tengan en las jurisdicciones con las que esta Dirección Nacional ha suscripto Convenio para el cobro de las infracciones de tránsito.

Este informe se puede pedir en el Registro del Automotor donde está radicado el vehículo o en cualquier otro.

También lo puede pedir a través de la plataforma virtual: https://www2.jus.gov.ar/dnrpa-site/#!/solicitante

¿En qué casos el Registro del Automotor realiza la consulta a la base de infracciones ?

Ante la presentación por parte del usuario de algunos trámites en el Registro del Automotor, se realiza la consulta a la base de infracciones. Si el vehículo no tuviera deuda de multas por infracciones de tránsito, el Registro emitirá el certificado de inexistencia de actas pendientes.

Por el contrario, si el vehículo tuviera infracciones en alguna de las jurisdicciones consultadas, usted podrá abonarlas en sede del Registro. En este caso, se le entregará el certificado de inexistencia de actas pendientes.

Si usted tuviera esas infracciones ya abonadas, podrá acreditar el pago de las mismas en el Registro.

En caso de negarse al pago, sólo podrá hacerlo el titular registral (si éste no pudiera concurrir al Registro, podrá hacer una manifestación ante Escribano Público).

¿Qué debo hacer ante infracciones que no corresponden ?

Los Registros Seccionales actúan como Agentes de Recaudación de los diferentes Tribunales de Faltas. Son los tribunales los responsables de los datos proporcionados. Por lo tanto, cualquier reclamo, recurso o manifestación deberá ser interpuesta ante el Tribunal correspondiente.

– Por consultas sobre la operatoria en los Registros Seccionales en relación a los Convenios de Complementación de Servicios para el cobro de las infracciones de tránsito, puede enviar mail a infracciones@dnrpa.gov.ar

Ante cualquier duda respecto a la aplicación de los Convenios vigentes en esta Jurisdicción Ud. puede enviar su consulta a: vseara@dnrpa.gov.ar ó al teléfono (011) 5300-4000 Int. 77494.

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