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lunes, 14 de octubre de 2024
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JUSTICIA

El Gobierno abrió el Registro Nacional de Datos Genéticos a la investigación de más delitos

Ahora la Justicia podrá cotejar datos genéticos de imputados, condenados, víctimas y familiares de víctimas para todo tipo de delitos y no sólo de índole sexual.

El Gobierno nacional promulgó este lunes la ley 27.759 que amplía a todo tipo de investigación criminal el Registro Nacional de Datos Genéticos, luego de que el proyecto de ley fuera aprobado por ambas cámaras del Congreso.

Así quedó oficializado a través del decreto 899/2024 en el Boletín Oficial, que lleva la firma de Javier Milei, el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona.

Se trata de una modificación a la ley 26.879, que creó el Registro de Datos Genéticos en 2013, que sólo almacenaba muestras de agresores sexuales. Con la promulgación de esta ley se podrá obtener muestras de cualquier imputado mayor de 18 años.

El registro contará con una base de datos de perfiles genéticos y una base de datos filiatorios, no relacionadas entre sí. Incorporará los perfiles genéticos de toda persona con auto de procesamiento firme y con condena firme.

Funcionará para las investigaciones en el fuero federal y nacional, y las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán firmar convenios con el Registro con el fin de que sus poderes judiciales y ministerios públicos puedan utilizar sus servicios.

Ahora el Registro permite comparar las huellas y trazos que se obtengan en la escena del crimen con el perfil genético de los imputados y condenados, a quienes se les extraerá una muestra para sumarlo al registro. Otra de las modificaciones que se introducen es la posibilidad de que los familiares de las víctimas puedan hacer un aporte voluntario de material genético para ampliar el registro y comparar el ADN del cuerpo de una persona no identificada.

Se trató de una propuesta del Poder Ejecutivo que fue aprobada, aunque con cambios con relación a su redacción original, por la Cámara de Diputados el pasado 15 de agosto y al recibir dictamen de comisiones en el Senado sin modificaciones quedó en condiciones de convertirse en ley.

La ley aclara que los perfiles genéticos de víctimas de delitos o de familiares de personas desaparecidas o extraviadas no podrán ser utilizados como muestra para el esclarecimiento de un hecho delictivo, excepto que los aportantes lo consientan expresamente.

“La información contenida en el registro tendrá carácter de dato sensible, reservado, y solo será suministrada a las autoridades judiciales o del Ministerio Público, en el marco de una causa judicial determinada”, precisa el artículo 8.

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