El ministro de Economía de la Nación, Luís Caputo, afirmó que “con el bono de 70.000 pesos, la jubilación mínima que con el aumento del 27,18% se va a 133.000, totalizará casi 205.000 pesos”.
“Esa es la jubilación mínima pero no podemos darnos el lujo de no cambiar la fórmula de actualización de las jubilaciones y como no pasó la ley, tenemos que compensarlos”, dijo Caputo en una entrevista al canal TN.
“El populismo después lo pagamos todos con una alta inflación. Usan a los jubilados en forma política. Casi el 95% de los que cobran la mínima son los que no aportaron lo que corresponde”, expresó el ministro.
Cronograma de pagos de jubilados en marzo, abril y mayo
Respecto de las fechas de pago del sistema previsional en este periodo -donde regirá el aumento-, los beneficiarios de pensiones no contributivas cobrarán sus montos a partir de las siguientes fechas en los tres próximos meses:
Documentos terminados en 0 y 1: 1 de marzo, 3 de abril, y 2 de mayo. Documentos terminados en 2 y 3: 4 de marzo, 4 de abril, y 3 de mayo. Documentos terminados en 4 y 5: 5 de marzo, 5 de abril, y 6 de mayo. Documentos terminados en 6 y 7: 6 de marzo, 8 de abril, y 7 de mayo. Documentos terminados en 8 y 9: 7 de marzo, 9 de abril, y 8 de mayo.
En cuanto a los jubilados que cobran el haber mínimo, se les acreditará dicho monto junto al bono de refuerzo a partir de estas fechas:
Documentos terminados en 0: 8 de marzo, 10 de abril, y 9 de mayo. Documentos terminados en 1: 11 de marzo, 11 de abril, y 10 de mayo. Documentos terminados en 2: 12 de marzo, 12 de abril, y 13 de mayo. Documentos terminados en 3: 13 de marzo, 15 de abril, y 14 de mayo. Documentos terminados en 4: 14 de marzo, 16 de abril, y 15 de mayo. Documentos terminados en 5: 15 de marzo, 17 de abril, y 16 de mayo. Documentos terminados en 6: 15 de marzo, 18 de abril, y 17 de mayo. Documentos terminados en 7: 18 de marzo, 19 de abril, y 20 de mayo. Documentos terminados en 8: 19 de marzo, 22 de abril, y 21 de mayo. Documentos terminados en 9: 20 de marzo, 23 de abril, y 22 de mayo.
En tanto, los beneficiarios cuyos montos superen el de la jubilación mínima cobrarán desde estas fechas los haberes:
Documentos terminados en 0 y 1: 21 de marzo, 24 de abril, y 23 de mayo. Documentos terminados en 2 y 3: 22 de marzo, 25 de abril, y 24 de mayo. Documentos terminados en 4 y 5: 25 de marzo, 26 de abril, y 27 de mayo. Documentos terminados en 6 y 7: 26 de marzo, 29 de abril, y 28 de mayo. Documentos terminados en 8 y 9: 27 de marzo, 30 de abril, y 29 de mayo.