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sábado, 5 de octubre de 2024
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FALLO EJEMPLAR

Restituyen a sus padres a una niña que iba a ser adoptada

La sentencia del Superior Tribunald e Justicia destaca el derecho de la niña a criarse con su papá y su mamá. "La pobreza no puede ser causa de separación", advierten

La Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos resolvió revincular a una niña (de iniciales R. V.), con su madre y su padre biológicos. La menor había sido declarada en situación de ser adoptada. Por primera vez la Sala comunicó personalmente una sentencia. Fue durante una audiencia realizada este lunes en Paraná.

Las vocales Gisela Schumacher y Susana Medina y el vocal Leonardo Portela comunicaron a la mamá y al papá de la niña que su hija les debía ser restituida. También estuvo presente el defensor general, Maximiliano Benítez, y representantes del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia, (COPNAF).

La niña -que hoy tiene de 4 años- nació con un problema grave de salud que le demandó, al menos, tres operaciones. En primera instancia judicial fue declarada en situación de adoptabilidad y ha vivido en residencias del COPNAF. Esa resolución fue apelada por su madre y su padre, y la Sala Civil del STJ revirtió ese fallo, entendiendo entre otras cuestiones que niños, niñas y adolescentes tienen derecho a criarse y desarrollarse en su familia de origen.

La decisión del STJ también menciona que “la pobreza no puede convertirse en causa de separación de un niño, niña o adolescente de su entorno”.

La niña deberá ser trasladada en forma inmediata a la casa de sus padres y un plan integral de revinculación de la niña estará a cargo de los organismos de protección estatales, con apoyo de los Equipos Técnicos Interdisciplinarios (ETis) del Poder Judicial.

Fundamentos

En instancias anteriores se había sostenido que la niña debe vivir en una familia distinta a la biológica porque “podría necesitar acudir a un centro de alta complejidad en caso de eventuales complicaciones en su cuadro”. Según indicó este lunes la vocal Schumacher, este criterio “es ilógico”.

La jueza se preguntó: “¿La totalidad de niños, niñas y adolescentes de la provincia que no residen en Paraná y tienen alguna afección cardíaca deben ser arrancados/as de su familia por ese hecho? ¿Qué sucede con niños y niñas que viven en el medio rural, o en poblaciones donde ni siquiera hay un pequeño Centro de Salud? La respuesta negativa es obvia”.

Por su parte, el vocal Portela señaló que en la causa no se acreditó una situación clara de desamparo de la menor por parte de sus progenitores. Contrariamente a ello, la madre y el padre de la niña aunaron esfuerzos y demostraron su interés y capacidad en mejorar.

“De tal modo, queda en evidencia que existe, o debería existir, una autorestricción del Estado frente a la potestad parental de elegir la forma en que cada familia cría a sus hijas e hijos; ello siempre y cuando, repito, no haya motivos de peso para considerar que se coloca en riesgo a una persona vulnerable por el mero hecho de la elección de la forma de vida”, describió.

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