domingo 28 de mayo de 2023
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Nuevas medidas

Paraná: anuncian desalojo de una propiedad de la Iglesia

El inmueble de calle Italia 398 en Paraná actualmente es de Jorge Claudio Sapetti. Allí funcionó el Asilo San Antonio

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La Iglesia ubicada en calle Paraguay e Italia en Paraná se enfrentará a una demanda de desalojo para desocupar en forma íntegra el viejo edificio del exAsilo San Antonio, contiguo a la parroquia Nuestra Señora de la Piedad.

En esa línea, el abogado Cristhian Panceri, representante legal del médico Jorge Sapetti, indicó que la mediación en el marco del Derecho Canónico que efectuaron en Buenos Aires no prosperó y lo que sigue es la presentación de la demanda para que el predio sea desocupado.

Previamente el edificio será entregado por su dueño a la Iglesia en función de un fallo judicial dictado a finales de marzo por una jueza civil. Pero tras eso, adelantó Panceri, sobrevendrá la demanda de desalojo.

El inmueble de calle Italia 398 de Paraná es de titularidad de Jorge Claudio Sapetti. Anteriormente, pertenecía a la asociación civil Hermanas Terciarias Franciscanas de la Caridad. (escritura pública de compraventa de fecha 23/04/2021)», dice en un fallo que firmó el 31 de marzo último la titular del Juzgado Civil y Comercial N° 2, Gabriela Rosana Sione. Pero la magistrada no se apoyó en la titularidad del inmueble a partir de una escritura de compra-venta para definir su futuro, sino en el testimonio de fieles que asisten a misa y que contaron «que el inmueble se ocupaba por distintos grupos de personas que realizaban actividades autorizadas por la Parroquia o el Arzobispado. Las referidas tareas se efectuaban regularmente con frecuencia semanal, variando el día en que cada grupo concurría. Los testigos ilustran que en el lugar se ubicaban los baños destinados al uso de los asistentes a las ceremonias religiosas. Por otra parte, con la demanda se acompaña facturas, recibos de obras de infraestructura y mantenimiento».

Aunque la propiedad es de Sapetti la jueza permitió que la Iglesia siguiera utilizando el edificio del exAsilo San Antonio en calidad de okupas.

Sapetti, dice la resolución de la jueza Sione, «acompañó escritura pública de compraventa del inmueble, en la cual se consignó que el bien se enajena libre de ocupación». Al edificio se lo vendió la congregación Hermanas Terciarias Franciscanas de la Caridad. «Apreciando las declaraciones de los testigos propuestos por ambas partes, si bien sus expresiones parecen contradictorias, acreditan el mantenimiento de un sector del bien y el otro sector está sin mantenimiento», detalla la resolución judicial.

Para hacer lugar al planteo de «interdicto de recobrar» que planteó el Arzobispado de Paraná en conjunto con la parroquia Nuestra Señora de la Piedad, la jueza Sione detalló: «Los testigos propuestos por la parte actora dan cuenta que el inmueble se ocupaba por distintos grupos de personas que realizaban actividades autorizadas por la Parroquia o el Arzobispado. Las referidas tareas se efectuaban regularmente con frecuencia semanal, variando el día en que cada grupo concurría. Los testigos ilustran que en el lugar se ubicaban los baños destinados al uso de los asistentes a las ceremonias religiosas».

Así, «reunidos los requisitos de procedencia, cabe hacer lugar a la pretensión de interdicto de recobrar interpuesta por el Arzobispado de Paraná y la Parroquia Nuestra Señora de la Piedad». Entonces la jueza Sione condenó a Sapetti, dueño del edificio del exAsilo San Antonio, «a que en el plazo de diez días de quedar firme la presente, proceda a la restitución de la tenencia del inmueble sito en calle Italia N° 398 esquina Paraguay de Paraná, libre de todo ocupante y de ocupación, bajo apercibimiento de realizarse su lanzamiento con el auxilio de la fuerza pública».

Según informó Entre Ríos Ahora, El abogado Panceri, reprochó la resolución de la magistrada, y aunque dice que están resueltos a cuestionar la resolución, de momento no definen la vía. Observó que el fallo no da cuenta que el desapojo haya sido «clandestino o violento», como la ley establece para hacer lugar al interdicto de recobrar, de igual modo la Justicia resuelve darle la razón a la Iglesia.

«La sentencia es muy escueta y no tiene fundamentos», señaló el abogado, que destacó que la jueza no les hizo lugar al planteo de falta de legitimación: quienes acuden con el recurso son la parroquia Nuestra Señora de la Piedad y el Arzobispado, y quienes ocupan el edificio son grupos católicos claramente definidos,que tenían la tenencia del lugar, como Un Cielo Nuevo, Cáritas.

«Ellos recobran la tenencia, pero la titularidad sigue siendo de Sapetti. Eso no está en discusión», aclara Panceri.

Lo que sigue es la posibilidad de plantear por parte de Sapetti un nuevo «interdicto de recobrar», esta vez contra el Arzobispado con un recurso de apelación ante la Cámara en lo Civil y Comercial. El otro camino es plantear directamente una acción de desalojo. «Es una resolución de primera instancia que no está firme. Tenemos plazo hasta el jueves para apelar, o pedir el desalojo», aclaró Panceri.

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