El caso de Andrea Femía, en San Juan, despertó la polémica en torno a los límites del uso de las redes sociales. La mujer publicó en Facebook la foto de un hombre en la puerta de un colegio afirmando que era un posible secuestrador de niños. El involucrado se enteró de lo ocurrido y la denunció. Ante esto el juez de Faltas, Ricardo Grossa Colombo, ordenó detener a Femía. Ella sostuvo que había recibido la foto en su celular.
Cientos de personas compartieron la imagen en la red social. El hombre conoció la situación por medio de sus hijos y dijo que alguien le había tomado esa foto mientras esperaba a un primo. Tras recibir la denuncia del acusado el juez de Faltas ordenó la detención de Andrea Femía por infringir el artículo 113 del Código de Faltas. La norma castiga “al que en lugar público o por medio de teléfonos o redes informáticas profiera insultos o cause molestias”.
El Juzgado de Faltas sanjuanino sostuvo que compartir en las redes sociales una denuncia contra una persona, publicar su nombre o su foto acusándola de algún delito conlleva unaresponsabilidad civil y penal.