martes 26 de marzo de 2024
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Colón

Fueron condenados por trata de personas en Colón y no irán a la cárcel

Mantenían a varios trabajadores rurales en condiciones infrahumanas, les descontaban la comida y uno de ellos fue herido de gravedad cuando reclamó su salario. Fueron condenados pero ninguno irá a la cárcel

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El administrador y propietario de una explotación forestal ubicado en Colón y el capataz del establecimiento fueron condenados a 4 años de prisión efectiva por explotación laboral de obreros rurales. Ambos confesaron el delito de Trata en un Juicio Abreviado y cumplirán la pena en sus domicilios.

Uno de los condenados es L.A.M., administrador de campos de terceros de 68 años, y el capataz F.V.A. de 56, quienes fueron imputados tras una denuncia por la situación irregular e inhumana en la que mantenían a empleados en un campo. La causa se inició en agosto de 2012, cuando uno de los obreros sufrió una fractura grave y fue internado en el hospital de San José. Mientras en el nosocomio contó que había sido agredido por su empleador a una empleada del nosocomio. Poco después tomó intervención en el caso la Oficina de Rescate y Acompañamiento de Personas Damnificadas por el Delito de Trata.

Según dio cuenta la víctima, oriunda de la provincia de Misiones, se encontraba trabajado en un desmonte en condiciones precarias y después de dos meses fue a reclamar su salario pero como respuesta recibió una golpiza por parte del capataz, F.V.A., quien lo atacó con un tronco y le produjo una fractura de humero de la que debió ser intervenido quirúrgicamente.

Personal de Prefectura Naval Argentina realizó tareas de observación e informó que la explotación forestal donde el joven lesionado trabajaba se encontraba en Ubajay, Colonia Mabragaña. Había sido llevado al lugar por L.A.M. y durante el tiempo que trabajó allí fue alojado en un edificio abandonado, una ex comisaría, en las cercanías de la Escuela N° 27. Además observaron que había más personas trabajando en el lugar, sin agua, sin luz, sin condiciones de higiene y seguridad mínimas

La Unidad Fiscal de Asistencia en Secuestros Extorsivos y Trata de Personas (UFASE), llevó las actuaciones ante el Juzgado Federal de Concepción del Uruguay, que ordenó el allanamiento al lugar administrado por L.A.M., dueño de la explotación forestal. El 12 de noviembre de 2012 se practicó la diligencia en el campo ubicado a unos 1.500 de la Escuela Sánchez de Thompson, a unos cinco kilómetros de la Ruta 14, en el paraje denominado Humaita. Los prefectos, junto al personal de la Oficina de Rescate de las víctimas de trata, constataron la explotación de eucaliptos y halló a nueve personas, víctimas de explotación laboral, una de ellas de 17 años. Además, se identificó la vivienda donde residían (la ex comisaría abandonada), como así sus deplorables condiciones de habitabilidad e higiene: sin puertas ni ventanas, con techos semiderruidos, sin sanitarios, agua potable y electricidad.

Un testigo del procedimiento describió que el lugar carecía de condiciones mínimas de habitabilidad y de refugio contra las inclemencias climáticas. No tenían baños ni sanitarios, y hacían sus necesidades en el monte. No tenían en el lugar agua potable para su alimentación e higiene, carecían de luz eléctrica. Por lo que no había posibilidad alguna de refrigerar y conservar los alimentos. Tampoco tenían cocina y debían preparar su comida, que L.A.M. les descontaba de los jornales, con leña y a la intemperie. Mucho menos les proveyeron ropa de trabajo, ni se les suministraron elementos de seguridad, pese a que estaban expuestos a riesgos graves por las tareas peligrosas que desarrollaban

Las condiciones en que se encontraban las víctimas eran “infrahumanas”, como lo señalaron los funcionarios de Prefectura.

Ambos acusados fueron procesados y enviados a Juicio u ocho años y medio después los explotadores laborales admitieron los delitos y acordaron una sanción con la Fiscalía, El acuerdo entre el Fiscal General Adjunto Leandro Ardoy, L.A.M. y F.V.A. consistió en cuatro años de prisión para el primero y cuatro años y seis meses para el segundo.

Sin embargo, la Jueza del Tribunal Oral Federal de Paraná, Noemí Berros, terminó condenando a ambos a cuatro años de prisión efectiva, por el delito de Trata de personas mayores de 18 años con fines de explotación laboral, en la modalidad de acogimiento, mediando abuso de la situación de vulnerabilidad y agravado por el número de víctimas y homologó la modalidad de prisión domiciliaria del cumplimiento de las penas y las autorizaciones para salir a ir trabajar.

Fuente: Máxima Online

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