El Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad y el Suoyem respecto a la recolección de residuos en Paraná, avalando la sentencia dictada por el juez de juicios Alejandro Cánepa.
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SUSCRIBITEEl Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad y el Suoyem respecto a la recolección de residuos en Paraná, avalando la sentencia dictada por el juez de juicios Alejandro Cánepa.
De este modo, ratifica el recurso de amparo presentado por la Asamblea Vecinalista que pidió que se ordenara a la Municipalidad de Paraná restablecer el servicio de recolección de residuos, afectado durante 15 días por una medida de fuerza.
El Suoyem había pedido la declaración de inconstitucionalidad de la ordenanza N° 9.199, que declaró el servicio de recolección de residuos “servicio esencial”. La Municipalidad, paralelamente, había ido a la Justicia con un amparo contra el gremio para que cesara en las medidas de fuerza y retomara la prestación del servicio.
El juez Cánepa declaró abstracto el amparo que presentó el municipio, y al tomar intervención el magistrado la Secretaría de Trabajo medió y declaró la conciliación obligatoria.