Los sueldos que cobrarán los empleados de comercio en junio vendrá con un importante aumento de sueldo que no se repetirá el resto del año, con un nuevo porcentaje remunerativo, más una suma fija por única vez y los tres feriados de mayo.
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SUSCRIBITELos sueldos que cobrarán los empleados de comercio en junio vendrá con un importante aumento de sueldo que no se repetirá el resto del año, con un nuevo porcentaje remunerativo, más una suma fija por única vez y los tres feriados de mayo.
"En la liquidación de mayo 2023 de Empleados de Comercio tenemos novedades", precisó Ignacio Online:
El último acuerdo paritario del gremio de comercio estableció un incremento del 19,5% remunerativo, que se abonará en tres tramos remunerativos:
Además, se paga la segunda cuota de la suma no remunerativa de $25.000 que se abonaba en dos cuotas, la primera durante abril y la segunda durante mayo 2023.
Ignacio Online calculó cómo influyen los aumentos y la suma fija en el salario de comercio con el siguiente ejemplo:
Categoría: Administrativo A
Tipo de Jornada: completa
Antigüedad: 10 años
Obra Social: OSECAC
Afiliado al Sindicado: no
Feriados: 2 no trabajados y 1 trabajado
El resultado lleva el básico de convenio de los $185.925,79 que correspondieron en abril a $197.273,38 para marzo.
El básico de convenio se modifica respecto a abril, ya que se aplica el segundo tramo de aumento de esta paritaria 2023, que es del 6,5%, calculado sobre el básico que estaba previsto para abril en la paritaria anterior, explica Ignacio Online.
Para llegar al nuevo básico de convenio en el ejemplo, primero se incorpora al básico de marzo la suma no remunerativa:
122.137,30 + 52.440,90 = 174.578,20
Ahora, sobre ese nuevo básico, le aplicamos el 13% (6.5% + 6.5%):
174.578,20 + 13% = $ 197.273,38
El procedimiento es el mismo para todas las categorías.
En el ejemplo, la antigüedad será de $19.727,34, dado que el empleado lleva 10 años trabajando para la empresa, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%.
El cálculo se realiza como sigue:
197.273,38 x 10 x 1% = 19.727,34
Esto es así porque el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
En tanto, el adicional por Asistencia y Puntualidad será en el caso del ejemplo de $18.083,39.
El adicional por Asistencia y Puntualidad de Empleados de Comercio es la doceava parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad, resultando la suma como sigue:
(197.273,38 + 19.727,34) / 12 = 18.083,39
En mayo hubo tres feriados:
Para este caso, Ignacio Online consideró que el empleado del ejemplo trabajó uno sólo de los feriados y los otros dos no.
Los feriados nacionales son días pagos, se trabaje o no, y el cálculo corresponde a forma de retribución de las vacaciones; por lo tanto, los feriados no trabajados se pagan en base 25.
Por este motivo, primero se determina el valor de un día normal, sumando todos los haberes remunerativos, y se divide por 30:
(197.273,38 + 19.727,34 + 18.083,39) / 30 = 7.836,13
Como son dos feriados, lo multiplicamos por 2 y nos da $15.672,27
Pero, los feriados son pagos, se hayan trabajado o no, pero se toman en base 25 en vez de base 30, por lo que el cálculo queda de la siguiente manera:
(197.273,38 + 19.727,34 + 18.083,39) / 25 = 9.403,36
Donde $9.403,36 es el valor del día del feriado no trabajado, como son dos días, lo multiplicamos por 2 y nos da: $18.806,72
En el ejemplo, la suma no remunerativa a incorporar al salario que se cobrará en junio es de $12.500.
Esta suma fija no remunerativa se otorgó por única vez y de naturaleza excepcional, en dos cuotas de $12.500 cada una, a abonarse durante el transcurso del mes:
Dado su carácter no remunerativo, no serán contributivas a ningún efecto ni generarán aportes y contribuciones a los subsistemas de seguridad social, con excepción de los siguientes:
Fuente: iProfesional