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viernes, 30 de agosto de 2024
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Economía

Agregaron nuevos rubros al plan Cuota Simple

Conocé cómo acceder a Cuota Simple, el programa que permite comprar gran cantidad de productos en varios pagos.

La Secretaría de Comercio incorporó librería y calzados escolares importados a los rubros que se encuentran dentro del programa Cuota Simple. De esta manera, se suman a los ya dispuestos a través de la Resolución 55/2024 publicada el 7 de febrero en el Boletín Oficial, con vigencia hasta el 31 de mayo próximo.

Qué se puede adquirir con Cuota Simple

— Línea Blanca. Comprende únicamente los siguientes productos: aires acondicionados, climatizadores de aire y/o ventilación, lavavajillas, lavarropas y secarropas, cocinas, hornos y anafes, calefactores y estufas, termotanques y calefones, heladeras, congeladores y freezers.

— Indumentaria. Comprende los siguientes productos: prendas de vestir para hombres, mujeres y niños (incluye ropa de trabajo, deportiva, de uso diario y todo tipo de accesorios de vestir), así como también joyería y relojería.

— Calzado y Marroquinería. Comprende los siguientes productos: calzado deportivo y no deportivo, carteras, maletas, bolsos de mano y artículos de marroquinería de cuero y otros materiales.

— Teléfonos celulares con tecnología 4G y 5G.

— Muebles. Comprende todos los muebles para el hogar.

— Bicicletas. Comprende todo tipo de bicicletas, inclusive las eléctricas, sus partes y/o piezas.

— Motos. Comprende a todas aquellas cuyo precio final no sea superior a $1.300.000 millón.

— Servicios Educativos. Comprende cursos de idioma, cursos relacionados con informática, deportivos y actividades culturales. No incluye escuelas ni universidades.

— Colchones. Comprende colchones y sommiers.

— Libros. Comprende textos escolares y libros.

— Anteojos y Lentes de Contacto. Comprende anteojos recetados y lentes de contacto, adquiridos en ópticas, cuyo precio final no sea superior a $97.000.

— Artículos de Librería. Comprende artículos escolares de librería (cuadernos, papelería, lápices, lapiceras, mochilas, cartucheras, etiquetas, entre otros).

— Juguetes y Juegos de Mesa. Comprende todos los productos.

— Servicios Técnicos de Electrónica y Electrodomésticos para el Hogar.

— Neumáticos, accesorios, kit de conversión de vehículos a gas GNC y repuestos para automotores y motos.

— Instrumentos Musicales.

— Computadoras, Notebooks y Tablets.

— Artefactos de iluminación, incluyendo los artefactos eléctricos de iluminación con tecnología LED (lightemitting diode).

— Televisores y monitores.

— Perfumería. Comprende productos de cosmética, cuidado personal y perfumes.

— Pequeños Electrodomésticos.

— Servicios de preparación para el deporte, comprendiendo gimnasios.

— Equipamiento Médico. Comprende los instrumentos que a continuación se detallan: Equipos de terapia respiratoria (Aparatos de oxigenoterapia, Aparatos de aerosolterapia -nebulizadores-); Mobiliario (camas ortopédicas, Ayudas para el baño: sillas para bañarse, sillas de transferencia, barras de sujeción); Sillas de ruedas; Ortesis, ortopedia y sus partes (Prótesis para amputados, valvas a medida, ortesis a medida, plantillas, corsets a medida, andadores, bastones, muletas). Se establece un tope para el rubro de $1.160.000 millón.

— Maquinaria y Herramientas. Comprende los taladros, amoladoras angulares, lijadoras, pulidoras, sierras, soldadoras con electrodos revestido, soldadora sistema TIG, soldadora sistema MIG-MAG y morsas.

— Espectáculos y Eventos culturales. Comprende obras teatrales y conciertos de artistas nacionales, y se establece un tope de $62.000.

— Elementos durables de cocina. Comprende ollas, cacerolas, sartenes y planchas, todos de aluminio.

— Servicios de Reparación de Vehículos Automotores y Motocicletas.

— Kit para la conexión domiciliaria a los servicios públicos de agua y cloacas.

— Turismo. Comprende los siguientes servicios y/o productos a ser prestados íntegramente dentro del Territorio Nacional: pasajes de ómnibus de larga distancia, pasajes aéreos, hoteles y otros alojamientos turísticos, paquetes turísticos adquiridos a través de agencias de viaje, autos de alquiler, excursiones y actividades recreativas, y productos regionales. El plazo de operatoria del presente rubro tendrá una vigencia de 90 días, contados a partir del 7 de febrero del 2024.

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