jueves 28 de marzo de 2024
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Gualeguaychú

Denunciaron al abogado de Rivas por "apología del delito"

Es a raíz de declaraciones sobre "consentimiento" en relaciones sexuales a partir de los 13 años, que el letrado realizó luego de la última audiencia

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Gustavo Rivas, imputado por corrupción y facilitación de la prostitución en menores en Gualeguaychú, se negó a declarar ante el fiscal el 31 de agosto. Luego de ser notificado de dos nuevos denunciantes, quien salió por la puerta principal de los Tribunales de nuestra ciudad, fue su abogado defensor, Raúl Jurado.

"Lo que se sumó al expediente es más del 'dice que le dijeron', que una vez concurrió a la casa en compañía de otras personas y nada más; eso es todo. No hay nuevas evidencias que se hayan agregado al expediente, salvo cuestiones de oficio de donde trabajó Rivas, en que clubes náuticos tenía amarra. No declaró porque una vez más teníamos solamente las iniciales de los denunciantes, no sabemos quiénes son", dijo oportunamente Jurado al ser consultado en la improvisada rueda de prensa.

Pero las polémicas declaraciones de Jurado, llegaron cuando fue consultado sobre lo que indica la ley en cuanto a la minoridad en el tipo de delitos por los que se investiga a Rivas: "Depende menor para qué. La ley civil indica que la minoría de edad va hasta los 18 años. A partir de esa edad uno es mayor de edad, pero el consentimiento para los casos de cuestiones sexuales es a partir de los 13 años. Por lo tanto una persona mayor de 13 años puede dar el consentimiento para tener actos sexuales. Si una chica de 13 años se embaraza, ese embarazo no es origen de un delito, según lo que dijo a un periodista el mismo Fiscal Beherán. Esto es así porque a partir de los 13 años se puede dar el consentimiento, en todos los casos. Es así".

"Hay millones de ejemplos de esto, lo que ocurre es que ha variado la edad; las mismas figuras han variado. Antes para la corrupción había tres distinciones de edad, hasta los 12 años primero -una pena más grave- de 12 a 18 -una pena menos grave- y de los 18 a 21 -con una pena menos grave aún-. Esto es de cuando la mayoría de edad era hasta los 21. Hay que distinguir que una cuestión es el abuso deshonesto y otra cuestión es la corrupción y la prostitución que solamente se da si se favorece o promueve, tanto una como otra. En este caso no hay ningún acto sexual en el que alguien tuviera que prestar consentimiento", continuó Jurado.

Apenas a una cuadra, el imputado reconocía que había tenido relaciones con "muchas personas" si bien no recordaba "la edad -de estas personas- en este momento".

Si bien las declaraciones de Jurado suelen ser controversiales, sobre todo dadas las características del caso, en esta oportunidad las consecuencias de aquello que le respondió a los periodistas, no se hicieron esperar.

El viernes siguiente, la doctora Estela Esnaola denunció ante el fiscal de turno al abogado defensor de Gustavo Rivas por "apología del delito".

"Denuncié a Jurado porque en esas palabras les está diciendo a los menores que no se requiere de su consentimiento para tener relaciones sexuales siendo mayores de 13 años, mientras que a los mayores les está diciendo que pueden hacer lo que quieran con los chicos a partir de los 13 años y que eso no es delito,; es como una especie de invitación, confundiendo a la gente en cuanto a lo establecido al Código Penal. En esto radica la configuración del delito por el que lo he denunciado", dijo a R2820 la abogada querellante en el marco de la causa por la que se encuentra imputado Rivas.

La denuncia fue radicada ante el fiscal de turno, doctor Sergio Rondoni Caffa, quien informó: "Hasta el momento lo que hice fue mandar a pedir los audios a los medios de comunicación en los que se basa la denuncia; una vez que pueda encontrarme con dichos audios podré evaluar la situación".

En primera instancia, el fiscal solicitó los audios de la entrevista realizada en la puerta de Tribunales a Jurado a Radio Nacional, ya que éste era uno de los medios presentes en el momento en que Jurado vertió los conceptos en los que se basó la doctora Esnaola al momento de denunciarlo por "apología del delito".

Por último, Esnaola consideró: "El doctor Jurado debe leer el Código Penal, e interiorizarse sobre los diferentes tipos de delitos. Rivas, su defendido, se encuentra imputado no por el artículo 119 sino por el 125 y el 125 bis. Además es importante tener en claro que sus palabras constituyen una incitación al delito para aquellas personas que lo escuchan. Esto no puede banalizarse, porque si el periodismo empieza a jugar con las palabras de Rivas o de Jurado la sociedad hará lo mismo".

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