Con el inicio de junio, las empleadas domésticas tendrán una nueva escala salarial debido a los aumentos en los haberes acordados. La suba se dará en mayo luego de que el Gobierno oficializara una actualización en tres tramos que inició en abril.
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SUSCRIBITECon el inicio de junio, las empleadas domésticas tendrán una nueva escala salarial debido a los aumentos en los haberes acordados. La suba se dará en mayo luego de que el Gobierno oficializara una actualización en tres tramos que inició en abril.
La medida fue dispuesta a través de la Resolución 2/2022 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, publicada a fines de abril, e implica un incremento de los salarios básicos del 30% en tres pagos.
Los aumentos fueron dispuestos del siguiente modo: 6% no acumulativo a partir de abril, otro 9% a partir de mayo calculado sobre los salarios mínimos establecidos para abril de 2022 y un 15% final a partir de junio. Además, se estableció una clausula de revisión para agosto de este año.
Por otro lado, también se definió un aumento por zona desfavorable del 30% respecto a los salarios mínimos de cada categoría. Este aplicará al personal doméstico que trabaje en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
Así, con la llegada de junio, las empleadas domésticas recibirán una suba del 15% en sus haberes, cuyos mínimos quedarán de la siguiente forma respecto a las distintas tareas:
Supervisor/a: coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.
Personal para tareas específicas: cocinero/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo.
Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.
Asistencia y cuidado de personas: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.
Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.
Cabe resaltar que "el personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad", según aclaran desde el Ministerio de Trabajo.
Fuente: Cronista