miércoles 27 de marzo de 2024
Ahora

Alcanzaste el límite de 40 notas leídas

Para continuar, suscribite a Ahora. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.

SUSCRIBITE
Economía

AFIP modificó el mínimo a declarar por venta de vehículos

La decisión se informó a través de la Resolución General 5187/2022 de AFIP, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Alcanzaste el límite de 40 notas leídas

Para continuar, suscribite a Ahora. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.

SUSCRIBITE

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos a partir de los cuales se deben declarar las operaciones de compra-venta de un vehículo y se tiene que tramitar el “Certificado de Transferencia de Automotores” (CETA). La decisión se informó a través de la Resolución General 5187/2022, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Según precisó el organismo conducido por Mercedes Marcó del Pont esta medida alcanza a las transacciones de autos y motos usados, pero no a las maquinarias (agrícolas, tractores, cosechadoras, grúas, máquinas viales y todas aquellas que se autopropulsen).

De esta manera, a partir del primero de mayo próximo, fecha en la cual van a comenzar a regir estas modificaciones, la persona deberá declarar en la AFIP la transferencia de un auto siempre que el valor del mismo iguale o supere los $600.000, cuando hasta el momento el mínimo es de $200.000.

En el caso de las motos, el precio a partir del cual se debe dar aviso al ente recaudador pasará desde el próximo mes de $80.000 a $240.000.

Por otra parte, también se incrementó el valor mínimo que tiene que tener el vehículo para que su titular esté en la obligación de tramitar, con carácter previo a la realización de la venta, el denominado CETA.

Actualmente, el dueño del rodado tiene que conseguir este documento cuando el precio pactado para la transferencia o, de existir, el valor consignado en la tabla de valuaciones para el cálculo de aranceles utilizada por la Dirección Nacional, el mayor de ellos, es igual o mayor a los $800.000, pero desde mayo el mínimo será de $2.400.000.

Además, las autoridades nacionales derogaron el artículo 3° de la Resolución General N° 4.550, el cual establecía que todos estos valores antes mencionados serían “actualizados anualmente, con vigencia a partir del 1 de marzo de cada año, sobre la base de las variaciones porcentuales del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC), correspondiente al período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de cada año, conforme a los valores publicados en el sitio “web” oficial del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)”.

Estos incrementos de los montos sobre la compra-venta de autos y motos llega en el marco de un mal arranque para el sector, ya que en marzo de este año se comercializaron en Argentina 140.248 vehículos usados, una baja que llega al 10,55% interanual, mientras que el en primer trimestre del año acumuló una merma de 8,41%, según informó la Cámara del Comercio Automotor (CCA). En tanto, en la comparación con febrero de este año se registró una suba del 15,38%, añadió la entidad, según consignó Infobae.

Seguí leyendo

Dejá tu comentario

Te Puede Interesar